Del 12 al 19 de agosto empleadores que contrataron jóvenes adicionales podrán postularse para acceder al apoyo

Fecha de publicación: 2021-08-11

  • La primera postulación para acceder al beneficio, se hará teniendo en cuenta la nómina del mes de julio 
  • En el marco del lanzamiento del apoyo, los beneficiarios recibirán el incentivo correspondiente a las nóminas de julio y agosto en el mes de septiembre, en un mismo giro 
  • Para aplicar al beneficio de la nueva vinculación del joven, el empleador debe estar al día con los aportes en la PILA
     

BOGOTÁ, 11, agosto/2021.- Entre el 12 y el 19 de agosto los empleadores que cuenten en su nómina del mes de julio con jóvenes adicionales entre 18 y 28 años, pueden hacer su primera postulación ante la entidad financiera donde tengan una cuenta bancaria, para acceder al incentivo del Gobierno Nacional.   

El apoyo estatal quedó estipulado en el Decreto 688 del 24 de junio de 2021 y se creó dentro de la Estrategia Sacúdete, con el objeto de generar mecanismos que permitan fomentar la vinculación laboral de los jóvenes y el desarrollo de sus talentos, capacidades y habilidades individuales.  

El beneficio, que se otorgará hasta por 12 veces, será del 25 % de un salario mínimo legal mensual vigente, por cada joven adicional entre 18 y 28 años que se contrate o vincule formalmente a la empresa o negocio. El valor para el presente año es de $227.131.  

El trámite es gratuito y lo podrán realizar las personas jurídicas, naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas, para quienes está dirigida esta ayuda.    

En el marco del lanzamiento del apoyo, los beneficiarios recibirán lo de las postulaciones de agosto y septiembre al finalizar el mes de septiembre, en el mismo proceso de giro. A partir de allí, los procesos de giro serán mensuales. 

El empleador que decida contratar jóvenes en este rango, y recibir 25% de un SMLMV por cada empleo adicional generado, puede hacerlo a más tardar el 15 de cada mes para obtener el apoyo de ese mes de contratación. Si los contrata luego de esta fecha, podrá postularse para el apoyo de la nómina del mes siguiente y durante el tiempo que esté vinculado.   

En los meses siguientes, los empleadores podrán postularse en las primeras semanas de cada mes.  

Para solicitar el beneficio ante la entidad bancaria el empleador debe diligenciar 2 formatos: 1) Formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario y 2) Certificación de cumplimiento de requisitos.  

Después de la postulación, la UGPP se encargará de la validación de requisitos y el Ministerio del Trabajo de la autorización y proceso de giro. El estado del trámite lo podrá consultar en la página web de la UGPP.  

 

DATO:  

Los beneficiarios recibirán los recursos a los que tengan derecho en la cuenta de la entidad financiera donde se postularon, aplicando los gravámenes legales.  

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