Hasta el jueves 19 de agosto quienes vincularon jóvenes adicionales pueden postularse para recibir incentivo del Gobierno Nacional

Fecha de publicación: 2021-08-18

  • El valor del apoyo para el 2021 es de $227.131 mensuales por joven adicional contratado. 
  • Para acceder al beneficio de la nueva vinculación del joven, el empleador debe estar al día con los aportes en la PILA .
  • En el Marco del lanzamiento del incentivo, los beneficiarios recibirán lo correspondiente a las nóminas de julio y agosto en el mes de septiembre en un mismo giro .
  • Se tendrá en cuenta la nómina del mes de julio para la primera postulación al beneficio. 

 

BOGOTÁ, 18, ag./2021.- Estamos en periodo de postulación para recibir el apoyo del 25 % de un salario mínimo que otorga el Gobierno Nacional por cada joven adicional entre 18 y 28 años que ingresen a sus nóminas. Los empleadores que deseen el reconocimiento por las vinculaciones del mes de julio, tendrán hasta el jueves 19 de agosto para realizar el proceso ante la entidad financiera donde tengan una cuenta bancaria. 

En cada solicitud se revisará la nómina del mes anterior, en este primer ciclo se tendrá en cuenta la del mes de julio del presente año. “Es un apoyo que se autorizará hasta por 12 veces a las vinculaciones formales”, precisó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez. 

El incentivo económico para los empleadores, hace parte de la Estrategia ‘Sacúdete’, que busca generar nuevos puestos de trabajo y promover la vinculación laboral de los jóvenes en todos los sectores económicos del país. 

Es importante aclarar, que el beneficio aplica por cada joven adicional entre 18 y 28 años que se contrate o vincule formalmente a la empresa o negocio y representa un monto mensual de $227.131. 

El empleador que haya vinculado jóvenes en este rango de edad y lo haya hecho a más tardar el día 15 del mes, podrá postularse para obtener el apoyo correspondiente a ese mismo periodo. Si los contrata luego de esta fecha, podrá postularse para el beneficio de la nómina del mes siguiente y durante el tiempo que esté vinculado. 

El trámite gratuito lo podrán realizar los empleadores sean personas jurídicas, naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas. 

Los beneficiarios recibirán los recursos correspondientes a las postulaciones de agosto y septiembre a finales del mes de septiembre en un solo giro, mientras que a partir de allí, los giros se realizarán de forma mensual. 

El proceso es sencillo, ante la entidad bancaria el empleador debe diligenciar el formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario y la certificación de cumplimiento de requisitos, formatos que están disponibles en medios electrónicos y/o físicos según la entidad bancaria. 

La UGPP se encargará de la validación de requisitos y el Ministerio del Trabajo de la autorización y proceso de giro. El estado del trámite se podrá consultar en la página web de la UGPP. 

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